A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Obando Roa Jesús Antonio·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rechazar por extemporáneo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque el escrito de corrección no logró subsanar las falencias advertidas en el auto de inadmisión, persistiendo en la falta de claridad, suficiencia y pertinencia de los cargos formulados.
Luego de verificar que el recurso fue presentado de modo extemporáneo, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZARLO.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (25 puntos)
- Primero. RECHAZAR el recurso de súplica presentado por el ciudadano Jesús Antonio Obando Roa contra el Auto de siete (7) de octubre de dos mil veintidós (2022), proferido por la Magistrado(e) Hernán Correa Cardozo, que rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por el mismo ciudadano Obando Roa, con radicado D-14.950, por las razones anteriormente señaladas.
- Segundo. COMUNICAR, a través de la Secretaría General de la Corte, el contenido de esta decisión a la parte demandante, indicándole que contra esta no procede recurso alguno.
- Tercero. ARCHIVAR el expediente.
- Comuníquese, notifíquese y cúmplase.
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- Ausente con permiso
- HERNÁN CORREA CARDOZO
- Magistrado (E)
- No participa
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.